Obligaciones y prohibiciones patronales
En la entrega anterior comentamos algunas de las principales obligaciones patronales, en esta ocasión continuaremos haciendo una relación de aquellas que estimamos más importantes:
SEGUNDA PARTE
En la entrega anterior comentamos algunas de las principales obligaciones patronales, en esta ocasión continuaremos haciendo una relación de aquellas que estimamos más importantes:
Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establece la propia ley.
Otorgar permiso de paternidad por 5 días laborales con goce de sueldos por nacimiento de hijos. Constituir y participar en las 6 comisiones mixtas que señala la ley (capacitación y adiestramiento, seguridad e higiene, reglamento interior de trabajo, PTU, evitar la discriminación y antigüedad. Entregar a los trabajadores copia del contrato colectivo de trabajo.
Incrementar un protocolo para evitar la discriminación y hostigamiento.
Obligar a los trabajadores a afiliarse a alguna asociación sindical.
Hacer propaganda política o religiosa. Presentarse en estado de embriagues, realizar, permitir o tolerar acoso o discriminación. Exigir certificados médicos de no embarazo. Despedir a una trabajadora que se encuentre embarazada.
Guardar en todo momento respeto y no ejercer actos de violencia.
Registrar a los empleados en el IMSS con el sueldo correspondiente.
Pagar oportunamente prestaciones tales como vacaciones y PTU.
Hacer las deducciones con motivo de pago de pensiones alimenticias.
Permitir inspecciones por parte de las autoridades del trabajo.
Estas son algunas de las principales obligaciones y prohibiciones patronales, en la próxima entrega haremos referencias a las principales obligaciones y prohibiciones de los trabajadores.
*El autor es abogado empresarial.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí