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Derechos patronales

Agradezco a los lectores de mi columna quincenal, en diversas ocasiones he comentado las reformas a las leyes laborales, así como los diversos derechos de los trabajadores; en esta entrega comentaré un tema muy particular, ¿cómo patrones o empleadores, que derechos tenemos?

Roberto  Quijano Sosa

Agradezco a los lectores de mi columna quincenal, en diversas ocasiones he comentado las reformas a las leyes laborales, así como los diversos derechos de los trabajadores; en esta entrega comentaré un tema muy particular, ¿cómo patrones o empleadores, que derechos tenemos?

1. Derecho a sancionar faltas: al empleado incurrió en una falta ya sea ausentismo, retardo o en general al cumplimiento de sus labores se le podrá sancionar con llamada de atención, suspensión o despido.

2. Derecho a terminar las relaciones de trabajo (con o sin causa): es decir en cualquier momento con o sin motivo, el empleador puede terminar o despedir a un trabajador

3. Derecho a establecer las condiciones de trabajo: la empresa podrá determinar, según sus necesidades, horarios, días de trabajo, labores a desempeñar, en general a diseñar el perfil del empleo

4. Derecho a hacer los descuentos que la Ley permite (daños o perjuicios al patrón): si el empleado causa daños a materia prima o maquinaria de manera intencional o no, el patrón puede descontar un porcentaje del daño ocasionado.

5. Derecho a transmitir responsabilidades al IMSS mediante el pago de las cuotas patronales: es decir el patrón no tiene mayor obligación ante accidentes o enfermedades de trabajo en el caso de cubrir oportunamente esta obligación.

6. Derecho a imponer reglas internas y políticas de empresa: cada establecimiento o giro empresarial tiene sus particularidades por lo que el patrón puede establecer las mismas considerando cada caso concreto.

7. Derecho a que los empleados guarden los secretos de empresa y a la no competencia: el patrón puede exigir a sus empleados, mediante escrito, guarden toda la información a que tienen acceso durante el desempeño de su empleo.

8. Derecho a exigir a los empleados que resguarden y cuiden: instrumentos de trabajo, materia prima y maquinaria así como el desempeñar su empleo con cuidado y esmero.

9. Derecho a realizar los exámenes médicos: cuando lo estime conveniente, esto a fin de evitar enfermedades o riesgos de salud. Este es uno de los derechos fundamentales del patrón con el objeto de evitar contagios o condiciones de trabajo inadecuadas.

10. Derecho a conocer el estado de salud de los empleados: del patrón en cualquier momento puede realizar exámenes médicos o de salud a sus empleados a fin de conocer su estado físico o mental.

A fin de ejercer dichos derechos el empleador debe contar al menos con contrato de trabajo, reglamento interior de trabajo y políticas de empresa.

Gracias Jacobo por la sugerencia de esta columna.

*- El autor es abogado empresarial.

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