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Justicia cívica: ¿La solución?

“Jamás negociemos con miedo, pero jamás temamos negociar.” John Fitzgerald Kennedy

Ignacio  Calderón Tena

“Jamás negociemos con miedo, pero jamás temamos negociar.” John Fitzgerald Kennedy

Según el documento titulado “Modelo Homologado de Justicia Cívica, Buen Gobierno y Cultura de la Legalidad”, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública (2016), se define la Justicia Cívica como: “El conjunto de procedimientos e instrumentos de Buen Gobierno orientados a fomentar la Cultura de la Legalidad y a dar solución de forma pronta, transparente y expedita a conflictos comunitarios en la convivencia cotidiana…, con objeto de facilitar y mejorar la convivencia en una comunidad y evitar que los conflictos escalen a conductas delictivas o actos de violencia”.

Es un procedimiento ágil para atender asuntos comunitarios producidos por la convivencia diaria y que de no hacerlo, pueden desencadenar conductas más graves para la sociedad. Para lograrlo, los Jueces Cívicos, utilizan: “Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC), que son procedimientos voluntarios, confidenciales y flexibles, que ayudan a que las partes en conflicto encuentren una solución mediante el diálogo con la ayuda de un facilitador cívico capacitado en MASC.

Para lograr el objetivo del MASC, se utilizan diferentes modelos, como la conciliación, mediación, el diálogo restaurativo, juntas restaurativas y círculos, buscando que las partes se vayan acercando a una solución en la que ambos cedan parte de sus pretensiones para evitar un conflicto mayor.

Resulta interesante contrastar las estadísticas de la Encuesta Nacional de Seempresas guridad Pública Urbana 2019 (ENSU), la cual arroja que el 35 % de la población de 18 años o más tuvo al menos un conflicto o enfrentamiento en su vida cotidiana durante los últimos meses y que el 70% de éstos fueron con sus vecinos; siendo los conflictos más recurrentes los relacionados con: ruido (12.1%), arrojar o quemar basura (11.1%), o por problemas con el estacionamiento (10.1%). La parte más significativa de estos números es que más del 50% de los conflictos o enfrentamientos reportados tuvieron alguna consecuencia, como gritos, insultos, golpes e incluso heridas por arma (INEGI, 2019).

Estos datos indican que de no atenderse a través de la justicia cívica, muchos de estos conflictos terminarían en delitos como lesiones, daño en propiedad ajena o incluso homicidios.

Para apoyar más este sistema, diremos que según el Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales (CNGMD) 2017, durante el año 2016 se reportaron 2 millones 640 mil 511 intervenciones de las policías municipales a nivel nacional, de las cuales, 14% fueron por delitos y el 86% restante por presuntas infracciones administrativas. (INEGI, 2018).

Estos números se fortalecen más cuando vemos que en las estadísticas a nivel nacional, el delito con mayor incidencia es el de la violencia intrafamiliar y ahí podemos incluir los conflictos vecinales o los provocados por el tránsito de vehículos.

Si se le da el impulso que merece el tema de la justicia cívica, liberaríamos de mucha carga de trabajo a los juzgados de primera instancia y ministerios públicos que tendrían más tiempo para atender delitos de mayor trascendencia.

Para terminar, diremos que en el año 2016 se reportaron 2 millones 175 mil 046 procedimientos administrativos iniciados por los jueces cívicos, la cual contrasta con los 127 mil 994 asuntos abiertos en materia penal, lo que significa que, por cada 17 procedimientos en materia de justicia cívica, hay apenas 1 asunto iniciado en materia penal.

Promovamos este esquema conciliatorio para resolver conflictos en nuestras comunidades, en lugar de los pleitos estériles.

*El autor es asesor empresarial en cabildeo

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