Delitos fiscales, cómo evitarlos
“Nuestro sistema fiscal es una maravilla: el que tiene más, paga más, y el que tiene menos también paga más.”Jaume Perich
Los delitos fiscales deben evitarse, y para que esto suceda, el contribuyente debe contar con un buen asesor fiscal y, además, estar al corriente de sus obligaciones fiscales. Aun así, el simple cumplimiento de las obligaciones fiscales no garantiza que estas no estén bajo operaciones simuladas que podrían resultar en delitos fiscales. Diversas reformas han tipificado algunas actividades como delitos que implican prisión preventiva. Por ello, es indispensable conocer los recursos disponibles para la defensa del contribuyente. En este texto, mencionaremos estas reformas y algunas maneras en las que el contribuyente puede defenderse.
El delito fiscal se refiere a “aquella conducta descrita en la ley fiscal a la que se le atribuye una pena de prisión por violentar las normas del sistema tributario” (Código Fiscal de la Federación). Para que una acción se considere delito, debe ser voluntaria y dolosa. Las autoridades principales encargadas de este tipo de delitos son la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Fiscalía General de la República (FGR).
La ley más relevante en este ámbito es el Código Fiscal de la Federación, ya que su artículo 92 establece el papel del SAT como víctima u ofendido de los delitos previstos en el Código Fiscal, y detalla lo que se necesita para proceder penalmente contra un contribuyente.
En cuanto a la defensa, existen recursos administrativos que permiten impugnar los actos y resoluciones de las autoridades que vulneren los derechos de los contribuyentes. Algunos de los recursos administrativos disponibles son: Recurso de revocación, Recurso de inconformidad regulado en la Ley del Seguro Social, y Recurso de inconformidad regulado en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
En la defensa jurisdiccional, se cuenta con un tercero imparcial que dirime las controversias entre autoridad y contribuyente. Los recursos en este ámbito son el juicio contencioso administrativo y el juicio de amparo. El juicio de amparo es un medio constitucional al que una persona recurre ante los órganos judiciales para reclamar un acto de un órgano del Estado que haya vulnerado sus derechos fundamentales.
*- El autor es Abogado Fiscalista.
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