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Reforma de Vivienda con Orientación Social

(TERCERA Y ÚLTIMA PARTE)

Elisa Ibáñez

Concluyendo el tema que hemos venido platicando de la Reforma a la Ley del Instituto para el Fondo de Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT), publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 21 de febrero de 2025, tocamos hoy algunos puntos finos y reflexiones finales.

En columnas anteriores compartía en este espacio sobre la modificación al último párrafo del artículo 29, acera de la obligación de efectuar los descuentos y enteros de las amortizaciones de los créditos de vivienda y a la responsabilidad solidaria que tienen los empleadores al respecto.

Esa modificación en una desafortunada redacción, consiste en no suspender la obligación de hacer esos descuentos cuando existan ausencias o incapacidades en términos de la Ley del Seguro Social, lo cual sería una misión imposible, ¿de dónde se les descontaría cuando no hay salarios por ausencias o por incapacidades? Esto preocupó a las empresas y las puso en un aprieto como responsables solidarios.

Afortunadamente, el INFONAVIT ya se pronunció al respecto durante los últimos días, emitiendo su criterio y aclarando que, para efecto de lo anterior, el patrón en ningún caso deberá realizar un descuento mayor al salario pagado al trabajador, no existiendo obligación del patrón respecto de la cantidad que en estos casos no pudo ser descontada.

Este criterio fue difundido masivamente por el INFONAVIT mediante correos electrónicos, en su portal de internet y a través de las cámaras y asociaciones empresariales tranquilizando a los empleadores.

Se calma entonces la inquietud del sector patronal ante la imposibilidad de efectuar descuentos cuando no hay pago de salarios, lo cual representaría un enorme reto en las relaciones laborales y un costo adicional en el que podrán recaer las empresas como fuentes de empleo formales, siendo injusto y oneroso para ellas.

La aclaración de ese criterio me parece muy oportuna y atinada, sobre todo en estos momentos de incertidumbre por el que las empresas están atravesando en medio de la guerra arancelaria y el incremento de costos de mano de obra y capital humano. Los objetivos del INFONAVIT deben ser promover el empleo formal en nuestro país para el financiamiento de la vivienda de los trabajadores.

Mi siguiente reflexión es que, aunque esta es una de las preocupaciones que en la práctica más podría preocupar a las empresas grandes, medianas, pequeñas y micros, eso no es nada en comparación con lo que estaría en riesgo si en esta reforma no se garantiza transparencia y rendición de cuentas en el manejo de los fondos de vivienda de los trabajadores. Eso sí sería terrible.

Los controversiales cambios en el esquema del Instituto para regresar a un sistema de construcción, en vez de un sistema de financiamiento, las modificaciones en la designación de la dirección general y los cambios que amenazan el tripartismo paritario, son el verdadero problema para el futuro del INFONAVIT y de las viviendas de los colaboradores.

  • *- La autora es Contador Público Certificado especialista en Seguridad Social.

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