Establecimientos están en su derecho de ampararse ante Ley de Alcoholes: Montserrat Caballero
Las obligaciones que indica la nueva ley, los establecimientos que se dedican a la venta de bebidas alcohólicas, tendrán que contar con un sistema de videograbación.
Tijuana, B.C.- Respecto a la posibilidad de que los bares se amparen en contra de la Ley de Alcoholes que se comenzará a aplicar en el mes de agosto, Montserrat Caballero Ramírez manifestó que los dueños de estos establecimientos están en su derecho de buscar otras opciones, mientras tanto, la autoridad continuará acercándose a ellos para informarlos y que sus negocios no sean afectados.
La Presidenta Municipal apuntó que los establecimientos están en su derecho de ampararse, pero al ser una ley Estatal tarde o temprano tendrán que cumplirla.
Entre las obligaciones que indica la nueva ley, los establecimientos que se dedican a la venta de bebidas alcohólicas, tendrán que contar con un sistema de videograbación conforme a los lineamientos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
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También se exigen tener botones de pánico en los establecimientos, instalar arcos detectores o detectores portátiles de metales, además de que tendrá que contar con personal de seguridad capacitado por la misma Secretaría y denunciar de manera inmediata a la autoridad sobre cualquier presunto delito.
Suspensión temporal
Caballero Ramírez indicó que constantemente se han acercado a los comercios de este giro para informarles sobre las adecuaciones y las responsabilidades que tendrá que asumir el comerciante con la entrada en vigor de la ley.
Muchos se han acercado, pero es como pasa en todos los sectores, algunos se acercarán, algunos no, otros tendrán la información completa, otros no, las puertas de este municipio están abiertas para que los dueños que tengan dudas, se puedan acercar con nosotros”, explicó.
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La primera edil añadió que las sanciones van de 500 a 1000 UMAS, lo que equivale a una cantidad de entre 5 mil 187 pesos a 103 mil 740 pesos, incluso se aplicará la suspensión temporal de la actividad autorizada y la clausura del establecimiento o giro, hasta por 45 días.
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