Acapara renta 50% de pleitos con inquilinos
Otros de los problemas más comunes con los arrendadores son el impago de los servicios y el incumplimiento de las reglas prestablecidas, señala especialista.
Tijuana, BC.- La mitad de los conflictos que se suscitan entre propietarios de viviendas y sus inquilinos van relacionados a la falta o retraso en el pago de rentas, estimó el director general de Protección Jurídica Inmobiliaria, Óscar Gramajo Dorantes.
Aseveró que los conflictos entre propietarios de vivienda e inquilinos son comunes, enlistando la falta de pago de rentas, falta de pago de servicios, alteración del orden u omisión en el cumplimiento de reglas como las más frecuentes.
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Sobre el primer motivo, indicó que es el de mayor gravedad al inclusive llegar al punto de tener que ir a juicio para desalojar al infractor de la propiedad, y a su vez el más común en el mercado.
50 llamadas a la semana para asesoría o intervención
Puntualizó que semanalmente se reciben hasta 50 llamadas por parte de dueños de departamentos o viviendas solicitando asesoría o intervención en un conflicto, de las cuales por lo menos la mitad es por dicho concepto.
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Recibimos más de 50 llamadas a la semana, no todas es porque que les dejó de pagar, pero yo te diría que más o menos la mitad si son por falta de pago de rentas”, recalcó el director general de Protección Jurídica Inmobiliaria.
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Nivel de conflictos
Aclaró que los conflictos no necesariamente llegan a un nivel de gravedad alto, puesto a que varias de esas llamadas suelen darse por otras molestias que el propietario interpreta de forma arbitraria.
“Muchas veces se dan porque los propietarios se molestan no solo por casos graves, sino a veces porque hicieron una fiesta, porque metieron mascotas y no se podía hacer, porque metieron más coches en los cajones de estacionamiento”, dijo.
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La mediación, aseguró Gramajo Dorantes, es la medida recomendable para ambas partes ya que hay propietarios que quieren reclamar algo que ni siquiera es legal pedirlo.
Vigencia de contratos
Otro problema frecuente, puntualizó, es que en los contratos de arrendamiento el propietario olvide añadir la vigencia del mismo, la cual suele ser de un año, y que pudiera llevar al inquilino a optar por no salir una vez se cumplan los 365 días.
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“Legalmente existen dos tipos de contratos, por tiempo determinado y por tiempo indeterminado, cuando no ponen el término de la vigencia los puede llevar a tener un problema grave”, advirtió.
Recomendó a quienes estén por rentar una de sus propiedades a revisar meticulosamente el perfil del inquilino, como tener ingresos 3-1, es decir, si la renta es de 10 mil pesos mensuales que la persona perciba 30 mil pesos al mes.
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“También les decimos que utilicen una la póliza de servicios jurídicos para que cuando se presente un incumplimiento de manera inmediata intervengamos y no dejemos que se haga la bola de nieve”, dijo.
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