Empresas están obligadas a afiliarse al Fonacot
Hacerlo está marcado en la LFT y de no cumplir afecta los beneficios de los trabajadores, señala fiscalista.
Tijuana, BC.- Los centros laborales están obligados a estar afiliados ante el Fonacot, de no hacerlo se incumple con la normativa federal, apuntó el miembro de la Comisión Fiscal de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos en Tijuana, José Antonio Melgar Díaz.
Explicó que una modificación al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual existe desde 2012, da un carácter de obligatoriedad para las empresas el contar con la asociación de fondeo dentro de sus obligaciones patronales.
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Apuntó que es importante que las organizaciones mantengan relación con el organismo, ya que de no hacerlo no solo se incumple con la normativa, sino que también priva a sus trabajadores de cotizar para solicitar un crédito.
“Es importante para las empresas para efectos de darle el beneficio a los trabajadores, sobre todo con relación al otorgamiento de los créditos, es algo que consideramos es parte de una obligación para todas las organizaciones”, subrayó.
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Desconocimiento de los centros para afiliarse al Fonacot
Melgar Díaz atribuyó que la omisión de los negocios por afiliarse al Fonacot se debe, en primer lugar, al desconocimiento de los centros laborales de la ley, así como a la falta de revisión de esta prestación laboral.
“Recordemos que en México el 95% son empresas micro y pequeñas, muchas veces la falta de asesoría en este tipo de empresas provocan que hagan este tipo de omisiones, cuando realmente existe la regulación para efectos de cumplimiento”, dijo.
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Para conocer si tu centro de trabajo está afiliado al Fonacot, indicó, la vía principal está en si se tiene Seguridad Social, ya que esto se traduce en que la empresa opera bajo la formalidad y por ende, cumple con las prestaciones.
Retención de un porcentaje del salario
Añadió que la retención de un porcentaje del salario también debe ser visible en las constancias de nómina, la cual de acuerdo al organismo no debe exceder por encima del 20% de la remuneración.
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El fiscalista, Melgar Díaz, destacó que un trabajador puede contar con otorgamientos de créditos de consumo si es que está colaborando con una organización afiliada al Fonacot, la cual cuenta con tasas accesibles.
“Mientras tengan la relación de trabajo, la capacidad de pago, existe la obligación de las empresas de realizar las retenciones de dichos créditos, lo que ayuda ya que muchas veces es un tanto difícil para las personas hacerse de créditos”, agregó.
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