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Exhortan a personas físicas realizar su declaración anual, tienen menos de 3 semanas

Aquellos contribuyentes con salarios mayores a 400 mil pesos anuales están sujetos a presentar su requerimiento a más tardar el 30 de abril, indican.

Exhortan a personas físicas realizar su declaración anual, tienen menos de 3 semanas

Tijuana, BC. -Personas físicas tienen menos de 3 semanas para presentar su declaración anual y en caso de obtener un saldo a favor poder ser sujeto a una devolución del mismo, indicó la especialista y consultora fiscal, Karen Lizárraga Villaseñor.

Recordó que sigue la obligación de presentar la declaración anual, con vencimiento a más tardar el 30 de abril, de manera obligatoria para todas aquellas personas que hayan obtenido por lo menos ingresos por salarios hasta por 400 mil pesos al año.

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A estos también se incluyen quienes hayan obtenido ingresos por intereses, que sean miembros o accionistas de alguna sociedad y que hayan obtenido alguna utilidad o dividendos durante el último año fiscal.

Padrón de contribuyentes

Agregó que todas aquellas personas que tengan la actividad de arrendamiento y enajenación de bienes inmuebles están dentro del padrón de contribuyentes que también deberán realizar el trámite correspondiente.

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Las personas físicas tienen hasta este 30 de abril para hacer su declaración, la obligación es para todos y a cada persona que haya obtenido algún ingreso de alguna naturaleza, con independencia de que rubro o actividad económica se trata”, citó.

La consultora fiscal, Lizárraga Villaseñor, puntualizó que quienes están como asalariados y perciban menos de los 400 mil pesos anuales, cuentan con la ventaja de que el patrón debe presentar esta declaración a nombre de ellos.

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Personas físicas pueden realizar la declaración por su cuenta

Sin embargo, si la persona física asalariada desea que el patrón no lo realice, tiene esta opción de avisar que lo hará por su cuenta, en dado caso busque hacer uso de sus deducciones personales y que obtenga una devolución de ISR.

Planteó que las personas físicas que no realicen sus declaraciones anuales en tiempo y forma estarán en un escenario donde la autoridad tributaria puede expedir actos de molestia o mecanismos sancionatorios.

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“Siempre hay actos de molestia por parte de la autoridad, en este caso es muy posible que obtengan alguna multa o infracciones que pueden derivarse también de una cancelación de sellos digitales en su caso”, advirtió.

Declaración en tiempo y forma

Lizárraga Villaseñor mencionó que realizar la declaración en tiempo y forma puede ser benéfico para las personas físicas ya que pudieran, de darse el caso, ser acreedores de un saldo favor de forma automática.

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“Con ello pueden hacer la obtención de alguna devolución de saldo a favor en tiempo y forma también por parte de la autoridad, pero la declaración la deben de tener a más tardar el 30 de abril para que sea de manera automática”, aclaró.

En vísperas de que cierre la declaración anual, exhortó a los contribuyentes a no quedarse atrás y dar seguimiento a su situación fiscal, así como acercarse con especialistas para tener la asesoría de cómo “rendir cuentas” a la autoridad.

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