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Arranca campaña "Septiembre, Mes del testamento"

El trámite se puede realizar ante el notario de su confianza o más cercano a su domicilio.

Arranca campaña "Septiembre, Mes del testamento"

Tijuana, B.C.- Arranca mañana primero campaña "Septiembre, Mes del testamento" coordinado por el Gobierno del Estado y los notarios de Baja California, en donde se fijan los honorarios del testamento sencillo al 50% del arancel oficial.

El trámite tiene una duración de aproximadamente media hora, se puede realizar sin testigos y a partir de los 16 años de edad en Baja California. La campaña se extenderá por los meses de septiembre y octubre.

Baja California ocupa el segundo lugar con honorario más bajo que se cobra a nivel nacional para realizar el testamento durante esta campaña con un costo de 1000 pesos más IVA (alrededor de 80 pesos). El pago de los avisos de dichos testamentos será exentado teniendo un ahorro adicional de $351 pesos para el usuario.

El testamento es muy importante hacerlo porque una persona puede decidir libremente  a quién o quiénes deja sus bienes el día que fallezca no antes porque puede seguir disponiendo de sus bienes por toda su vida, se otorga ante un notario quien recibirá sus confidencias y le brindará asesoría legal para que se cumpla su voluntad", Licenciada Alma Estela Andrade Marín, titular de Notaria No.6 de Tijuana, Baja California y presidente de Consejo Directivo del Colegio Comunitario de Baja California.

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El trámite se puede realizar ante el notario de su confianza o más cercano a su domicilio, existen 83 notarios en Baja California: 44 en Tijuana, 22 en Mexicali, 3 en Tecate, 1 en San Quintín, 11 Ensenada y 2 en Playas de Tijuana.

"Uno puede hacer testamento ante notario en Baja California de todos los bienes independientemente del lugar en qué se ubiquen puede ser en México o en cualquier otro país del mundo", señaló Andrade Marín.

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Entre los beneficios se encuentra evitar los conflictos familiares, además se desahoga los tribunales. El testamento no es exclusivo a los bienes sino también para designar en caso de fallecimiento la tutela de un hijo o algún adulto incapaz.

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