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¿Cuáles son los 2 motivos por los que el SAT puede transferir tus depósitos bancarios a la Tesorería de la Federación?

La autoridad tributaria está facultada para inmovilizar los depósitos bancarios de los contribuyentes y después también puede transferir estos recursos a la Tesorería de la Federación

¿Cuáles son los 2 motivos por los que el SAT puede transferir tus depósitos bancarios a la Tesorería de la Federación?

MÉXICO.- Tener adeudos con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), puede causar varios problemas, entre ellos están el reporte al Buró de Crédito, lo que afecta el historial crediticio y la inmovilización de depósitos bancarios.

La autoridad tributaria está facultada para inmovilizar los depósitos bancarios de los contribuyentes y después también puede transferir estos recursos a la Tesorería de la Federación.

¿Por qué puede inmovilizar el SAT los depósitos bancarios?

De acuerdo con la autoridad fiscal, esta acción se puede hacer en dos casos:

  1. Tienes adeudos fiscales y no interpusiste un medio de defensa, o bien, la resolución definitiva fue a favor del SAT, por lo que en consecuencia la autoridad ejerce el cobro y solicita directamente a los bancos la inmovilización y transferencia de los recursos que localice a tu nombre, hasta por el monto de adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución)
  2. Tienes adeudos fiscales sujetos a algún medio de defensa y existe la obligación de garantizarlos, y no has ofrecido ninguna garantía, en consecuencia la autoridad ordena a los bancos la inmovilización de depósitos suficientes para garantizar, hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios

¿En qué casos la autoridad fiscal puede transferir los depósitos bancarios a la Tesorería de la Federación?

Una vez que las cuentas han sido inmovilizadas, por adeudos fiscales, y se está en uno de estos casos, el SAT puede transferir los depósitos bancarios a la Federación:

  1. No has pagado tus adeudos fiscales y no interpusiste un medio de defensa
  2. Interpusiste un medio de defensa, pero no ofreciste una garantía suficiente antes de que exista una sentencia definitiva

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En estos casos, la autoridad tributaria realiza las siguientes acciones:

  • Ordena a los bancos la transferencia de los depósitos hasta por el monto de los adeudos fiscales actualizados y los recargos, multas y gastos de ejecución
  • Las instituciones de banca múltiple informan al SAT, dentro de los 3 días posteriores a la orden de transferencia, el monto de los depósitos transferidos a la cuenta de la Tesorería de la Federación
  • El SAT te notifica este acto mediante el buzón tributario o personalmente, siempre y cuando se tenga registro del correo electrónico o estés localizable en tu domicilio fiscal. Si no es posible encontrarte, la notificación se realiza por estrados.

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