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IMSS Bienestar: Así funcionará el servicio de salud para quienes no cuenten con seguro social

Durante la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, Robledo informó que este modelo de atención médica comenzará en Nayarit, con 16 hospitales y 261 centros de salud.

CIUDAD DE MÉXICO.-El director del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoe Robledo Aburto, anunció que el 1 de abril iniciará el programa IMSS Bienestar, programa del gobierno federal que ofrecerá servicios de salud a población que no cuenta con seguridad social, especialmente en zonas alejadas o de difícil acceso.

Durante la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, Robledo informó que este modelo de atención médica comenzará en Nayarit, con 16 hospitales y 261 centros de salud.

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Se trata de una inversión de mil 438 millones de pesos para Nayarit en esta primera etapa para poner los hospitales y las unidades de primer nivel al cien en estos aspectos", indicó.

Objetivo para 2024

El director del Instituto indicó que el propósito es que en 2024 los hospitales de salud a cargo de los gobiernos estatales se conviertan en hospitales del IMSS Bienestar, operados y administrados con los lineamientos de ese modelo de Atención Integral a la Salud.

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Zoé Robledo Aburto compartió que la transferencia de los centros de salud se realiza bajo tres principios: continuidad de los servicios de atención médica, libre asociación de los gobiernos de los estados con los que se han firmado acuerdos y convenios y libre adscripción de los trabajadores y transparencia total en la información.

Asimismo, reiteró que los trabajadores del Instituto no se verán afectados con el cambio, pues no existirán afectaciones en los derechos laborales ni despidos.

¿Cómo me doy de alta en IMSS Bienestar?

  1. Clave Única de Registro de Población (CURP), (original o copia).
  2. Documento de afiliación al Seguro Popular vigente (original o copia).
  3. En caso de ser derechohabiente a IMSS o ISSSTE, documento de afiliación (original o copia).
  4. Comprobante de domicilio (original o copia).

En caso de no contar con CURP se puede proporcionar Acta de nacimiento o identificación oficial (original o copia).

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