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Jornada laboral en México: ¿Qué pasa si no se cumplen las horas, cuál es la multa?

En el DOF modificaron la forma para determinar si un caso es explotación laboral.

Jornada laboral en México: ¿Qué pasa si no se cumplen las horas, cuál es la multa?

CIUDAD DE MÉXICO.- Mientras aún permanece en pausa la reducción de la jornada laboral en México a 40 horas semanales, sobre todo por las declaraciones de la diputada Susana Prieto Terrazas, su principal impulsora, sería importante refrescar cuál es la multa si no se cumple la jornada actual de 40 horas a la semana.

Seguramente te ha pasado que en algún momento a ti o alguno de tus compañeros le haya tocado trabajar más de las 8 horas diarias, o 48 horas semanales, el problema viene cuando además de exceder las horas de la jornada de trabajo, no te paguen las horas extra acorde a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Desde junio se considera como delito trabajar más de 48 horas a la semana sin pago de horas extra, por lo que los empleadores que incumplan enfrentarían severas multas.

¿De cuánto es la multa por incumplir la jornada laboral en México?

El Artículo 61 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que la jornada laboral en México es de 48 horas a la semana, ocho horas diarias y cualquier ampliación fuera de lo previsto debe ser remunerada.

Con la reforma al DOF se estableció que rebasar la jornada legal sin el pago correspondiente será considerado “explotación laboral”, y habrá penas de hasta 12 años de cárcel y multas millonarias.

La ley estipula condenas de 3 a 10 años de prisión y multas que van de cinco mil a 1.2 millones de pesos a quienes obliguen a sus trabajadores a trabajar más de ocho horas diarias.

Consideraciones para multas por incumplir jornada laboral

Incluso en casos puntuales podría aumentar la sanción por ejemplo si la víctima es de una comunidad indígena o afroamericanas , llegando a 4 a 12 años de prisión y multas de 759 mil 990 a 8 millones de pesos.

Cabe destacar que antes el concepto “explotación laboral” solo consideraba a situaciones peligrosas, insalubres, sin protección, con cargas laborales desproporcionadas y salarios inferiores al mínimo. Ahora también reconoce al exceso de horas trabajadas.

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