Comandante Supremo: ¿Por qué se le llama así al presidente o presidenta?
El secretario de Defensa Nacional , Luis Cresencio Sandoval, destacó la creación y la consolidación de la GN con un total de 130 mil efectivos.
MÉXICO.- Este lunes se realizaron los actos conmemorativos al Día de la Independencia de México y durante el tradicional desfile militar, el almirante Rafael Ojeda, secretario de Marina, se refirió al presidente Andrés Manuel López Obrador agradeciéndole su papel como comandante supremo.
“Amor con amor se paga. Nuestras tropas se encuentran listas para el último desfile bajo su mando. Enalteceremos el que haya sabido representar el deseo de las y los mexicanos. Muchas gracias a usted, nuestro comandante supremo”.
En el desfile también participó la presidenta electa de México, Claudia Sheinbaum y Luis Cresencio Sandoval, secretario de la Defensa Nacional, refrendó la lealtad del Ejército y las Fuerzas Armadas a la próxima Presidenta.
“Con esta convicción le manifiesto a los mexicanos que sus soldados como nunca se encuentran prestos para seguir cumpliendo las instrucciones que guíen nuestra Comandante Suprema en beneficio del pueblo”, dijo.
¿Por qué se le llama Comandante Supremo o Suprema a los presidentes?
Según la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en el capítulo II Mando Supremo se refieren a este calificativo para la presidenta o presidente, en este caso de México.
El artículo 11 de dicha Ley, menciona que el Mando Supremo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos es del presidente de la República y será denominado como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas.
A continuación el artículo completo:
“El Mando Supremo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos corresponde al Presidente de la República, quien lo ejercerá por sí o a través del Secretario de la Defensa Nacional; para el efecto, durante su mandato se le denominará Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas”.
Funciones del Mando Supremo
ARTICULO 14. Son facultades del Mando Supremo:
- I. Nombrar al Secretario de la Defensa Nacional
- II. Nombrar al Subsecretario; al Oficial Mayor; al Inspector y Contralor General del Ejército y Fuerza Aérea; al Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional; al Fiscal General de Justicia Militar y al Presidente así como a los Magistrados del Tribunal Superior Militar;
- Fracción reformada DOF 21-06-2018, 18-02-2022
- III. Nombrar al Jefe del Estado Mayor Presidencial
- IV. Nombrar a los Comandantes de los Mandos Superiores
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- V. Nombrar a los Comandantes de las Unidades de Tropa y a los Comandantes de los Cuerpos Especiales
- VI. Nombrar a los Directores y Jefes de Departamento de la Secretaría de la Defensa Nacional
- VII. Nombrar a los demás Funcionarios que determine
- VIII. Autorizar la división militar del Territorio Nacional y la distribución de las Fuerzas
- IX. Autorizar la creación de nuevas unidades para el Ejército y Fuerza Aérea; nuevas armas y servicios; nuevos establecimientos de educación militar o nuevos cuerpos especiales
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