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SCJN falla contra IMSS por entregar cadáver equivocado a mujer que esperaba el cuerpo de su mamá

Personal hospitalario fue señalado por la gran confusión que profundizó el dolor y afectó el proceso de duelo de la familiar.

SCJN falla contra IMSS por entregar cadáver equivocado a mujer que esperaba el cuerpo de su mamá

CIUDAD DE MÉXICO.- — La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a una mujer que sufrió un daño moral a raíz de un grave error cometido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La afectada perdió la posibilidad de despedirse de su madre de acuerdo con sus creencias debido a que el personal hospitalario de Quintana Roo entregó equivocadamente el cuerpo de la fallecida a personas ajenas a su familia, según reportó El Universal.

Mujer nunca logró recuperar los restos de su madre

Según un comunicado emitido por la SCJN, la mujer nunca logró recuperar los restos de su madre tras la confusión generada en el hospital del IMSS, lo que profundizó su dolor y afectó su proceso de duelo.

Los interesados deben inscribirse en el portal oficial del IMSS antes del 21 de febrero de 2025. Foto de Pexels

Ante esta situación, la Segunda Sala determinó que se debe calcular el monto de la indemnización correspondiente, ya que la responsabilidad patrimonial recae en el Estado.

En el amparo directo, cuya ponente fue la ministra Yasmín Esquivel Mossa, se estableció que “si bien como regla general corresponde al reclamante probar la actividad irregular del Estado, en el caso, se actualiza una excepción”.

Pedir pruebas del error serían redundantes

La resolución argumenta que el “menoscabo extra-patrimonial” es evidente, por lo que exigir pruebas adicionales para demostrarlo sería “redundante” e “innecesario”.

Durante los últimos años han logrado cambiar 19 de los 46 elevadores que hay en las clínicas del IMSS.

Asimismo, se destacó que el propio IMSS reconoció el error y el impacto que tuvo en la mujer, quien no pudo velar a su madre conforme a los rituales religiosos que dicta su fe.

Este hecho, subrayó la Segunda Sala, le impidió atravesar su proceso de duelo de manera adecuada y despedirse conforme a sus creencias.

El fallo fue aprobado en sesión con una mayoría de tres votos, consolidando así el reconocimiento del daño moral sufrido por la mujer y la responsabilidad del Estado en este lamentable episodio.

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