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En Sonora se termina con la juerga notarial

Para la adecuada marcha de nuestro Estado de Derecho es cardinal que el notariado cumpla con la parte que le corresponde

Rodolfo Montes de Oca

Rodolfo Montes de Oca

“Surgió otra persona que dice ser dueña de mi casa exhibiendo una escritura y yo también tengo una escritura de propiedad ante notario”; “Después de pagar mucho dinero a abogados para que me defendieran, de todos modos el juzgado resolvió que mi escritura notarial no tiene valor”.

Estos son sólo algunos de los lamentos que, quienes nos dedicamos al litigio, escuchamos de ciudadanos que de buena fe acudieron y pagaron altas sumas a notarios con la intención de recibir lo que en teoría debió ser seguridad jurídica.

Para la adecuada marcha de nuestro Estado de Derecho es cardinal que el notariado cumpla con la parte que le corresponde brindando escrupulosamente certeza y autenticidad dentro del marco jurídico a los actos de los cuales dan fe en virtud de la delegación de tal función que han recibido del Gobernador.

Dado lo delicado de este encargo, el espíritu en su creación es en el sentido de que sólo acceda a la titularidad de una notaría la quintaesencia de la abogacía, es decir, sólo los más capaces.

Cuando el oficio notarial se desnaturaliza por otorgarse patentes a profanos o rábulas que sólo advierten en esa noble profesión una oportunidad de adquirir un estatus o establecer un comercio en donde la mercancía es la escritura vendida al mejor postor, irremediablemente repercute en la calidad del servicio y muy en particular se traduce en vicios y defectos legales que afectan a los instrumentos notariales impactando finalmente en la credibilidad de los usuarios en las instituciones jurídicas.

El gobernador Alfonso Durazo siendo también abogado y, en mi concepto, teniendo plena conciencia de la trascendencia social de la función notarial y en su afán de corregir las situaciones que expuse líneas atrás, presentó el 27 de abril del 2023 la iniciativa para una nueva Ley del Notariado, la cual fue aprobada por el Congreso y publicada el pasado 6 de febrero en el Boletín Oficial del Estado.

En mi opinión, este nuevo y moderno ordenamiento indudablemente vendrá a fungir como un verdadero control de calidad en el otorgamiento de patentes y en la vigilancia de la operación notarial, de tal manera que la ciudadanía pueda acudir con entera confianza a solicitar los servicios de la fe pública.

En el contexto de esta misma cruzada me parece que se enmarca la sentencia que fue publicada en listas el pasado martes 28 de mayo por el Tribunal de Justicia Administrativa de Sonora decretando la nulidad y por tanto revocando la patente de notario al señor Miguel Pompa Corella teniendo como soporte de su determinación serias y, a mi juicio, muy graves y bochornosas causales que fueron señaladas en la demanda, entre otras, el haber plagiado una escritura pública para presentarla como si fuese de su autoría a efecto de cumplir con uno de los principales requisitos del examen.

En ese sentido el Tribunal ordenó al demandado que en el plazo improrrogable de tres días hábiles contados a partir de su notificación le ponga a disposición los folios y sellos relativos a la función notarial y abstenerse de brindar asesoramiento con el carácter de notario público, apercibiéndolo con dar vista al Ministerio Público en caso de incumplimiento.

La anterior es, en mi concepto, una medida muy saludable que para bien de Sonora manda el mensaje de que no se tolerará en lo subsecuente la entrega de patentes a legos y, mucho menos a quienes no demuestren plenamente reunir los requisitos morales y técnicos a suficiencia para desempeñarse como parte de ese gremio que debe ser honorable a carta cabal.

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